Los Ministros de Agricultura de la UE aprobaron ayer el cuarto y último reglamento que quedaba por consensuar, del paquete de higiene alimentaria.
Se trata del referente a los controles oficiales en los alimentos de origen animal destinados al consumo humano. Dicho reglamento afecta a la carne fresca y productos lácteos, además de a los moluscos bivalvos y a los productos de la pesca.
En relación con las carnes, el reglamento aprobado establece:
– Integrar las últimas opiniones del Comité Científico en las Medidas Veterinarias en relación con la inspección de las carnes.
– Aplicar un sistema de inspección de carnes en función del riesgo, con el fin de proteger al consumidor de los peligros ligados a su consumo.
– Establecer un continuo flujo de información entre la producción primaria y el matadero, al objeto de implementar dentro del sistema de inspección de carnes el objetivo de la “granja a la mesa”.
– Crear una clara división de responsabilidades entre los mataderos y las autoridades competentes.
– Armonizar la legislación relativa a las inspecciones de carne con la próxima legislación comunitaria, especialmente en lo que se refiere a la higiene, zoonosis y controles oficiales de los alimentos para humanos y animales.
– Proporcionar flexibilidad para asegurar que continúan los métodos tradicionales de producción, transformación y distribución, así como tener en cuenta las necesidades de las empresas alimentarias de pequeña capacidad o situadas en regiones con dificultades geográficas específicas, como por ejemplo, territorios insulares o regiones montañosas de baja densidad de población.
En cuanto a la leche y los productos lácteos, las nuevas reglas van dirigidas a asegurar que cuando la leche cruda no cumple las normas de salubridad, se aplican medidas correctoras en las explotaciones.
En el año 2000, la Comisión presentó el paquete de higiene alimentaria, que consta de cinco líneas. Cuatro son propuestas de reglamento, que vienen a codificar y armonizar 17 directivas existentes: 1. higiene de los productos alimentarios, 2. higiene de los productos de origen animal, 3. controles oficiales en los productos de origen animal destinados al consumo humano y 4. normas de sanidad veterinaria de productos de origen animal destinados al consumo humano. La quinta parte es una propuesta de directiva que deroga la legislación existente.
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