El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación acaba de publicar el Real Decreto 1047/2003 que es una modificación de las normas que regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales, actualmente regulados por el Real Decreto 2611/1996. Los cambios propuestos por el MAPA atienden a los resultados de los Programas Nacionales de erradicación de Tuberculosis, Brucelosis y la Leucosis Enzoótica. En función de la favorable evolución de estas enfermedades en España se ha considerado necesario modificar el régimen de movimiento de animales tanto con destino a vida como para sacrificio, dentro del territorio nacional estableciéndose normas más estrictas con el fin de aumentar las explotaciones clasificadas.
Otra de las variaciones es que de acuerdo con las nuevas técnicas existentes, tiene que modificarse el régimen de vacunaciones contra la brucelosis bovina, así como de las pruebas de diagnóstico de dicha enfermedad, al tiempo que se incluye como método de diagnóstico de la tuberculosis bovina, el gamma-interferón.
Más novedades en el nuevo Real Decreto incluyen la definición de las explotaciones bovinas del tipo B2 negativa, las T2 negativas y de las explotaciones ovinas y caprinas M2 negativas, así como las definiciones para explotaciones de cebo o cebadero, de precebo, bovinas de reproducción y bovinas de recría de novillas.
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