En 2001 se establecieron los contenidos máximos de benzopireno en los productos alimenticios. Ahora, la Comisión acaba de publicar la Directiva 2005/10/CE con el fin de fijar los criterios generales que deben cumplir los métodos de análisis utilizados por los laboratorios, para que los resultados sean comparables. Asimismo, la nueva normativa establece las normas que los resultados analíticos se comuniquen e interpreten de manera uniforme.
Dichas normas de interpretación son aplicables a los resultados analíticos obtenidos de las muestras destinadas al control oficial. En caso de análisis con fines de defensa del comercio o de arbitraje, se aplican las normas nacionales.
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