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El «Principio de Precaución» y la Ley de Coexistencia, asuntos que no tienen nada que ver

21/03/2005

Pagina nueva 1

En relación con el anuncio del
Ministerio de Agricultura (MAPA ) de que va  aplicar el Principio de Precaución
al Real Decreto de Coexistencia de Cultivos que está elaborando

 



 http://www.mapya.es/a_pag_principal/notas/pag.asp?codi=2635_AH160305

 

Conviene recordar que nada tiene que
ver la coexistencia de cultivos OMG con el llamado "Principio de Precaución", ya
que este se refiere a supuestos riesgos para la salud o el medio ambiente,
mientras que la coexistencia es un asunto de índole comercial.

 

La seguridad de los OMG la determinan
las autoridades de seguridad alimentaria y de medio ambiente y, según las de la
Unión Europea: los productos OMG que han sido aprobados son al menos tan seguros
como puedan ser sus equivalentes convencionales.

 

La coexistencia se refiere en cambio
en que en algún caso un tipo de cultivo puede afectar al valor comercial de
otro, con perjuicios y responsabilidades económicas. Así por ejemplo, un
agricultor de productos de la llamada agricultura “ecológica” podría verse
perjudicado si se descubriese que alguno de sus campos han sido polinizados,
aunque fuera mínimamente por un campo de OMG colindante.  También podría darse
teóricamente el caso contrario, que un productor que vendiese productos
certificados 100% transgénicos fuera “contaminado” comercialmente por el polen
de un campo colindante de productos convencionales, siendo perjudicado también
ya que no podría garantizar la pureza que proclama.

 

Hay que considerar además que la
producción denominada ecológica, biológica u orgánica no certifica el producto
final sino el método de producción. Así un producto de estas características no
puede emplear OMG ni abonos o pesticidas químicos "de síntesis", salvo ciertas
excepciones y lo normal será que nos los contenga en el producto final, pero
puede tener presencia accidental de estos productos sin que por ello sean
descalificados como productos "bio". El mismo sentido que una ley de
coexistencia referida a los OMG tendría otra referida a los productos químicos o
a los cerificados Kosher, Halal, biodinámicos o cualquier otro sistema de
certificación que valore comercialmente un producto para determinados
consumidores.

 

No existe un consenso sobre la
definición sobre que significa exactamente el Principio de Precaución. El
concepto se refiere  a que cuando existen sospechas de que una actividad humana
pudiera causar daños a la salud humana o al medio ambiente se debe mantener una
precaución hasta que se tenga un conocimiento científico suficiente. En general
ese término se utiliza referido a la situación en que los gobiernos se ven
confrontados a tomar decisiones en una situación de supuesta ignorancia sobre la
cuestión.

 

Los críticos aseguran que si se
hubiera aplicado el Principio de Precaución a las invenciones humanas
prácticamente ninguna se hubiera llevado a cabo, ya que todas entrañan riesgos
considerables para la salud humana o el medio ambiente (el fuego, la rueda, la
máquina de vapor el motor de explosión etc.). El principio de precaución
aplicado a la actividad humana sin considerar el riesgo que se asume al no
asumir riesgos, llevaría la parálisis absoluta. De esta forma nadie tendría
relaciones sexuales, tomaría un automóvil, o llamaría por un teléfono móvil, por
el alto riesgo que conllevan estas actividades.

 

Se asocia frecuentemente con el asunto
de los OMG por parte de organizaciones activitas supuestamente “progresistas”,
que se oponen por principio ideológico a esos productos y que, ante la
inexistencia de evidencia alguna sobre la existencia de peligro alguno para la
salud o el medio ambiente, invocan que no se sabe lo suficiente sobre los
mismos, y que por tanto hay que aplicar el llamado “Principio de Precaución”.

 

 Este Principio tiene la
particularidad de que se puede aplicar de forma eterna, ya que la certeza
absoluta de algo es técnicamente imposible. Si los estudios indican que un OMG
es seguro, se puede decir que no son concluyentes y que hay que hacer más
estudios en más lugares durante más tiempo, y si los productos demuestran ser
inocuos, que hay que hacer también nuevos estudios, con otras personas o en
generaciones venideras, pudiéndose dar largas de forma indefinida a lo que por
motivos ideológicos se aborrece, vistiendo la cuestión de una supuesta defensa
de la salud del consumidor o del medio ambiente.

 

Curiosamente, los grupos activistas
también se oponen a los estudios y ensayos con OMG que podrían aportar luz y
conocimientos necesarios para no tener que aplicar a priori este Principio, no
sea que la realidad contradiga el prejuicio.Hacer una ley de coexistencia teniendo en cuenta de forma prinipal a las organizaciones ecologistas al uso, es algo tan «progresista» como si se hiciera una Ley de Extranjería escuchando de forma principal la opinión de las organizaciones xenófobas

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