Córdoba a lunes 16 de mayo de 2005.- Asaja Córdoba comunica que con fecha de hoy, la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria ha resuelto exceptuar la exigencia de alcanzar la floración a los cultivos realizados en superficies de secano enteramente sembradas y cultivadas. Por tanto, en secano, podrán cobrarse los pagos por superficies de los cultivos herbáceos y la prima específica a la calidad del trigo duro siempre que las superficies consideradas no se hayan utilizado para ningún otro fin hasta la fecha en que se hubiese debido producir la floración en circunstancias climáticas normales. Se incluye el trigo duro y destino para henificación.
Asaja Córdoba informa que el Reglamento 1973/2004, indicaba que los pagos por superficies de cultivos herbáceos se abonarían únicamente por superficies en las que los cultivos herbáceos se mantuvieran al menos hasta el principio de la floración en las condiciones normales de crecimiento. A día de hoy, y en esperas de su publicación en el BOJA, Asaja Córdoba, por Resolución de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, comunica a sus agricultores “no tener la obligación de alcanzar la floración en los cultivos realizados en superficies de secano enteramente sembradas y cultivadas de acuerdo acuerdo con las normas locales en la Comunidad Autónoma de Andalucía”, pudiendo seguir optando en la actual campaña 2005/2006 a la prima específica a la calidad del trigo duro así como a los pagos por superficies de los cultivos herbáceos, siempre que las superficies consideradas no se hayan utilizado para ningún otro fin hasta la fecha en que se hubiese debido producir la floración en circunstancias climáticas normales. En dicha resolución se incluye el trigo duro y destino para henificación.
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