El Comité de Gestión de Pago Único de la Unión Europea aprobó la semana pasada un reglamento de gestión por el que se establece el mecanismo de cálculo del importe de referencia correspondiente al olivar, que será función de los importes de ayuda a la producción recibidos en las campañas de referencia, que en este caso son 99/00 a 02/03.
Esto supone un ligero cambio con respecto a lo que había hasta ahora, ya que se pensaba que el importe a considerar en la campaña 02/03 sería el del anticipo, y no de de la ayuda total percibida.
España decidió el pasado mes de diciembre un porcentaje de ayuda acoplada del 10% en términos presupuestario globales, que a nivel individual supone un 5%. La razón de que estos porcentajes sean distintos es que en olivar la referencia para importe global son tres años (2000, 2001 y 2002), mientras que para el cálculo individual son cuatro años (1999, 2000, 2001 y 2002).
Con la nueva fórmula de cálculo, el desacoplamiento decidido por España de un 10% en términos presupuestarios equivaldrá a un 6%, aproximadamente, en términos individuales, en lugar del 5%; pasando el importe de referencia de las ayudas al olivar a efectos del Pago Único del 95% a aproximadamente el 94% de las cantidades percibidas de ayuda a la producción.
En cualquier caso la forma de aplicación de este cambio deberá ser decidido por el Ministerio de Agricultura.
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