Con la publicación en
el BOE de la
Orden APA/2914/2006 por la que se convoca el programa nacional de abandono
de la producción láctea se abre un plazo de un mes a contar desde el 23 de
septiembre para acogerse a este abandono.
Las principales
condiciones del mismo, son las siguientes:
–
La indemnización por abandono es de 0,27 €/kg.
–
No hay límites para este abandono en función de la
cuota individual que se tenga.
–
No se indemnizara ninguna cantidad de la adquirida
del Fondo del año anterior, aunque sea la adquirida previo pago, salvo causas
excepcionales de fuerza mayor.
–
El abandono debe ser de la totalidad de la
actividad de producción láctea y un plazo máximo de un mes y medio a contar
desde el 23 de septiembre.
–
Las solicitudes se deberán presentar en los órganos
competentes de las comunidades autónomas
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