El Ministerio de Agricultura, en colaboración con los de Interior y Medio Ambiente, ha preparado un proyecto de Real Decreto sobre mejora y seguridad vial de la red viaria del medio rural, que se encuentra en tramitación avanzada. En el mismo se define la red viaria rural como “todas aquellas vías de comunicación aptas para la circulación de vehículos de tracción mecánica, de dominio y uso públicos, o que sin serlo, sean utilizadas por una colectividad indeterminada de usuarios, que no formen parte de las redes de carreteras de titularidad estatal, autonómica o provincial. No se considerará que formen parte de la misma, a los efectos de este real decreto, las calles, plazas, paseos u otros viales urbanos (y tampoco las vías de titularidad privada)”.
En el apartado dedicado a las restricciones de uso se incluye, entre otras, la siguiente:
“Los vehículos con tracción a las cuatro ruedas tienen prohibida la circulación por todas las vías de la red viaria rural que no dispongan de pavimento de aglomerado asfáltico u hormigón, excepto en aquellos tramos en que se encuentre debidamente autorizado y señalizado. Quedan exceptuados de esta prohibición, los vehículos destinados al servicio de actividades agrícolas, ganaderas, forestales o cinegéticas, y aquellos otros que sean autorizados por la autoridad competente, para la realización de trabajos específicos”.
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