El Comisario europeo de Pesca y Asuntos Marítimos, Joe Borg, ha declarado lo siguiente: «El informe del Tribunal llega en un momento crucial. La Comisión tiene previsto un nuevo reglamento sobre el control de la pesca para el segundo semestre de 2008. La mayoría de las conclusiones del Tribunal coinciden casi enteramente con nuestros propios análisis. La Comisión colaborará ahora con los Estados miembros en el Consejo, así como con todas las partes interesadas, partiendo de las conclusiones del Tribunal, para crear un marco de control de la PPC que funcione correctamente».
La reforma de la PPC de 2002 se llevó a cabo por la necesidad de modernizar y consolidar la normativa para hacerla verdaderamente útil y la Comisión ha presentado desde entonces varias propuestas en los ámbitos abordados por el Tribunal de Cuentas. Parte de los problemas técnicos que presentan la recogida y la gestión de datos señalados por el informe se tratan en el reglamento recientemente adoptado sobre los sistemas electrónicos de notificación. El compromiso de la Comisión en pro de la creación de unos instrumentos adecuados de control e imposición de las normas queda demostrado por el Reglamento adoptado hace poco sobre la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), que generaliza el principio del control «de la red a la mesa».
El Tribunal de Cuentas decidió examinar los ámbitos específicos de la recogida de datos, la inspección y la imposición de las normas en la PPC, porque los consideraba esenciales para el correcto funcionamiento de cualquier política de ordenación de la pesca basada en las limitaciones de capturas.
El Tribunal ha llegado a las principales conclusiones siguientes:
• los datos de pesca recogidos en los Estados miembros son poco fidedignos y están incompletos, y además no sirven para fijar los totales admisibles de capturas (TAC) y las cuotas;
• los procedimientos nacionales de inspección para detectar y prevenir infracciones son ineficaces, y
• las sanciones impuestas por las autoridades nacionales cuando detectan infracciones no son lo suficientemente onerosas como para tener un efecto disuasivo.
El Tribunal también señala que la Comisión carece de los poderes necesarios para ejercer una presión oportuna y persuasiva sobre los Estados miembros cuando estos incumplen las obligaciones que les incumben en virtud de la PPC, y tampoco dispone de los medios para verificar efectivamente los datos facilitados por los Estados miembros o para evaluar las inspecciones que estos llevan a cabo.
El Tribunal concluye que, sin un funcionamiento correcto de la recogida de datos, del control y de la imposición de las normas, es imposible ejecutar una política eficaz basada en las limitaciones de capturas.
La Comisión acoge con satisfacción en general las conclusiones del informe, que coinciden en gran parte con su propio análisis de las deficiencias de la PPC en estos ámbitos. Muchas de las deficiencias reconocidas por el Tribunal en el informe podría haberlas subsanado la Comisión de haber estado facultada para actuar eficazmente al respecto.
El Tribunal también sostiene que la capacidad excesiva de la flota se traduce en sobrepesca y en infradeclaración y lamenta que la reforma de la PPC haya confiado a los Estados miembros la responsabilidad de reducir la capacidad. La Comisión cree que se ofrecen a nivel comunitario incentivos para reducir la capacidad excesiva, en forma de ayuda financiera a planes de desmantelamiento, y que la política anterior de control de la capacidad pesquera ha demostrado ser ineficaz.
La revisión del Reglamento del control de la PPC está prevista como prioridad en 2008 y la Comisión sigue reflexionando en general sobre cómo debe proseguir la reforma de 2002.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.