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Aprobadas las subvenciones para fomentar sistemas de producción ganadera de razas autóctonas en extensivo

08/01/2008

21 de diciembre de 2007. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos.

Mediante esta nueva normativa se crea una nueva línea de apoyo público a los sistemas ganaderos fundamentados en razas autóctonas, que utilizan racionalmente los recursos naturales disponibles en el terreno con el fin de obtener productos agroalimentarios de calidad, mediante ayudas dirigidas a explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino y avicultura de carne y de puesta.

De estas ayudas podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas registradas, que cuenten con animales reproductores de razas autóctonas y que estén orientadas a una producción ganadera que conserve y mejore el medio ambiente y el entorno natural, que fomente la mejora de las razas autóctonas en las adecuadas condiciones de higiene y bienestar animal, y que garantice una alimentación animal basada en los recursos naturales disponibles. Para ello deberán cumplir una serie de requisitos entre los que se encuentran las Guías de Prácticas Correctas de Higiene.

La cuantía de las ayudas será de 100 euros por Unidad de Ganado Mayor (UGM) de animal reproductor reconocido como de raza autóctona de fomento, y de 130 euros si es de raza autóctona de protección especial, con un límite de 6.000 euros por explotación ganadera. Si además está incluida en un sistema de calidad diferenciada agroalimentaria como Indicaciones Geográficas Protegidas, Ganadería Ecológica o etiquetado facultativo reconocido, podrá incrementarse un 20%.

Como se trata de ayudas estatales que distribuidas por transferencia de fondos a través de Conferencia Sectorial a las Comunidades Autónomas, están sometidas a la concurrencia competitiva, se establecen los criterios de valoración, entre los que destaca la valoración positiva si el tamaño de la explotación es inferior a 50 UGM, si está adherida a una Agrupación de Productores, si ostenta la condición de ganadero a título principal, si se encuentra en zonas desfavorecidas, si tiene la condición de agricultor joven, y si se trata de un titular o cotitular que sea mujer.

Entre los requisitos mínimos exigidos se encuentra un máximo de carga ganadera por Hectárea, un porcentaje mínimo de reproductores de raza autóctona con un compromiso de alcanzar un porcentaje superior tras los 5 años del contrato, un porcentaje mínimo de autoreposición, una edad mínima para su primer parto y otra para su primera venta tras lactancia materna en bovino, ovino, caprino y equino.

Esta línea de ayudas estatales se acoge a las directrices comunitarias de ayudas estatales para el sector agrario para el periodo 2007-2013, y entrará en aplicación el año que viene.

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