27 de junio de 2008.
El Consejo de
Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se regula el marcado de los
jamones y paletas curados, y los periodos mínimos de elaboración para poder
utilizar determinadas menciones en el etiquetado de estos productos.
El Real Decreto establece
la forma de llevar a cabo el marcado de todos los jamones y paletas en fresco,
cuyo destino sea la curación-maduración del producto.
También dispone que en el
etiquetado de los jamones y paletas curados se puedan incluir las menciones
Bodega, Reserva y Gran Reserva, siempre que cumplan con el periodo mínimo de
elaboración establecido para cada mención.
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Además, los jamones y
paletas curados podrán emplear otras menciones distintas a las reguladas en este
Real Decreto, siempre y cuando cumplan lo establecido en la norma general de
etiquetado.
Sobre el marcado para el
control del periodo de elaboración, el texto señala que los jamones y paletas
deberán ir marcados, individualmente, mediante un sistema que incluya la semana
y el año de entrada en salazón.
Este marcado deberá
fijarse en el producto, de forma perfectamente legible, antes de su entrada en
salazón, acompañándolo en todas las etapas de elaboración y comercialización
posterior. Además, se incluirá en el registro de trazabilidad la información que
contenga el marcado.
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