El Ministerio de Medio Rural (MARM) ha elaborado una modificación de las normas actuales sobre identificación y registro de animales ovinos y caprinos, recogidas en el RD 947/2005. El motivo de esta modificación, que está siendo actualmente discutida con las Comunidades Autónomas y el sector, es incorporar a la legislación española los cambios introducidos en la normativa comunitaria por el Reglamento 933/2008 de septiembre pasado.
Una de las modificaciones introducidas es permitir en los animales caprinos, alternativas al bolo ruminal como identificadores electrónicos. Dichas alternativas serían una marca auricular electrónica, una marca electrónica en la cuartilla de la extremidad posterior derecha o un inyectable en el metatarso derecho. Para que pudieran utilizarse estas alternativas sería necesario que la autoridad competente diera su aprobación y que se incluyera en el documento de traslado de los animales, el tipo de dispositivo y su localización exacta en el animal.
El borrador también incluye que para los intercambios intracomunitarios de animales solo serían válidos los sistemas de bolo ruminal o de marca auricular electrónica. No obstante, con carácter excepcional, el borrador recoge que hasta el 31 de diciembre de 2009, se podría autorizar la doble marca auricular en los intercambios intracomunitarios y en la exportación a terceros países de animales vivos.
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