Con fecha 5 de mayo, la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha recibido la notificación del Servicio Federal de Supervisión Veterinaria y Fitosanitaria de la Federación de Rusia (Rosseljoznadzor), comunicando que, debido a la situación epidemiológica de la influenza A/H1N1 se prohíbe la entrada en la Federación de Rusia de cerdos vivos, carne de porcino y productos de su transformación desde todo el territorio de España.
Esta prohibición se refiere a los productos que hayan sido fabricados y envasados después del 3 de mayo de 2009.
Quedan exceptuados los productos que hayan recibido un tratamiento térmico de al menos 80ºC, durante al menos 30 minutos.
Como resultado de las negociaciones mantenidas entre ambos Departamentos tendentes a resolver el bloqueo impuesto, en fechas próximas se va a limitar esta prohibición a determinadas provincias, en función de la evolución de su situación epidemiológica respecto al virus de la gripe A/H1N1. Esto permitirá la continuidad de las exportaciones desde provincias no afectadas, una vez se formalicen los acuerdos. En fechas próximas se informará sobre la evolución de estas medidas de regionalización.
A efectos de exportación y conforme a la situación descrita, los operadores que soliciten un certificado veterinario para la exportación a la Federación de Rusia de carne de porcino o productos de su transformación deberán presentar la correspondiente declaración detallando los motivos por los que puede llevarse a cabo dicha exportación y asumiendo la responsabilidad sobre la misma, según modelo disponible en CEXGAN.
En el caso de los productos tratados por calor, el veterinario oficial emitirá una certificación complementaria, especificando que el tratamiento cumple con los requisitos establecidos por Rusia.
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