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Está aquí: Home / Medio ambiente / Forestal / El Congreso mejora la Ley de medidas por los daños de los incendios y otras catástrofes

           

El Congreso mejora la Ley de medidas por los daños de los incendios y otras catástrofes

04/12/2009

Se incluyen los daños por las inundaciones de Canarias el pasado noviembre y ayudas para los cultivos leñosos, además de modificarse la legislación sobre seguros agrarios

La Comisión de Interior del Congreso ha aprobado esta tarde, por unanimidad, y con competencia legislativa plena, la Ley de medidas para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes ocurridos en varias comunidades autónomas. Alejando Alonso, ponente del Grupo Parlamentario Socialista, ha subrayado que la tramitación “ha mejorado el texto, con aportaciones de todos los grupos tanto en el ámbito de las afecciones, como en el de ampliación de las ayudas”.

El Proyecto de Ley contempla ayudas para las zonas afectadas por incendios y grandes catástrofes, como ayudas por daños personales y materiales (incluidos los fallecimientos e incapacidades), ayudas a corporaciones locales para las reposición de sus infraestructuras, ayudas para la rehabilitación y reconstrucción de viviendas, indemnizaciones, beneficios fiscales (exención del IBI y reducción del IAE), reducciones fiscales en actividades agrarias, moratorias en el pago de cotizaciones a la seguridad social y líneas preferenciales de crédito.

Las enmiendas aprobadas hoy, además, han ampliado el número de áreas afectadas, con la incorporación de nuevas zonas en Aragón y Cataluña por los daños ocasionados por las lluvias de abril, junio y julio, y la inclusión de Canarias, por las inundaciones que sufrió el pasado mes de noviembre.

En el capítulo de la ampliación de las ayudas, estás son muy importantes en el capítulo de los cultivos leñosos, con especial incidencia en los frutales. Éstas hacen referencia a Aragón y Cataluña y las modificaciones permitirán incluir entre los daños los ocasionados en los tutores, mallas e instalaciones de riego. Asimismo, una disposición final modifica la legislación sobre seguros agrarios y determina que a partir de la publicación de la ley, las instalaciones necesarias para estos cultivos, como son los tutores, las mallas y las instalaciones de riego podrán ser asegurables.

Por otra parte, se han elevado del 5% al 10% los gastos de difícil justificación para la desgravación en el IRPF y hay cláusulas que permiten evitar la sobretributación fiscal para los agricultores que en un mismo año perciban las indemnizaciones del seguro, las ayudas y los ingresos por la venta de su producción.

Por último, también se han introducido mejoras para las cooperativas que recibirán ayudas a los costes fijos de explotación y créditos preferenciales para superar la situación de dificultad ocasionadas por los fenómenos meteorológicos.

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