Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Frutas y hortalizas
    • Vino
    • Olivar
    • Remolacha y azúcar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
    • Insumos agrícolas
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • Política agraria España
    • Política agraria países terceros
    • OMC – Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • CC.AA.
    • Castilla y León
  • Legislación
  • Varios
    • Artículos
    • Buscador
    • Anuncios clasificados
    • Contacto
    • Newsletter
Está aquí: Home / Agricultura / Insumos agrícolas / Se simplifica el procedimiento de comunicación al Registro de Productos Fertilizantes de los abonos orgánicos

           

Se simplifica el procedimiento de comunicación al Registro de Productos Fertilizantes de los abonos orgánicos

24/05/2010

Una normativa del año 2005 establece que para la puesta en el mercado de abonos orgánicos, abonos órgano-minerales y enmiendas orgánicas, es necesaria su inscripción previa en el Registro de Productos Fertilizantes (Real Decreto 824/2005). Tras los primeros años de funcionamiento, se ha detectado la conveniencia de simplificar el procedimiento, permitiendo, mediante un único expediente, el registro de familias de productos con un contenido variable y determinado de materias primas, sin que ello suponga un menor control de los posibles riesgos para la salud y el medio ambiente (Orden ARM/1336/2010).

Actualmente, es habitual que el fabricante ponga a disposición del agricultor, un rango muy amplio de formulaciones destinadas a cubrir las necesidades del cultivo en cada momento. Hasta el momento, el fabricante tenía que inscribir individualmente en el registro, todos los productos comerciales de los grupos 2, 3 y 6 del anexo I del citado real decreto (abonos orgánicos, abonos órgano-minerales y enmiendas orgánicas). Con la Orden que se acaba de publicar, se posibilita la inscripción de familias de productos con el trámite de un único expediente.

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Es actualidad

  • Murcia firma un nuevo convenio colectivo del tomate hasta 2027 12/09/2025
  • Los bioestimulantes vegetales ayudan a los cultivos a superar el estrés abiótico 09/09/2025
  • Trichodex protagoniza Eurosoil 2025 en Sevilla como patrocinador Gold 09/09/2025
  • Fertiberia celebra 30 años como patrocinador de La Vuelta 02/09/2025
  • Valtra y Ponsse organizan la cumbre de Paraguay y Finlandia 2025 02/09/2025
  • Se reduce la comercialización de fitosanitarios en España en 2023 en un 6% 24/07/2025
  • Fertiberia obtiene la patente europea del primer bio-inhibidor natural del nitrógeno 24/07/2025
  • Los bioestimulantes vegetales ayudan a los cultivos a superar el estrés abiótico 23/07/2025

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2018 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo