El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado un Real Decreto que modifica la normativa que define la reducción a 10 mg/kg del contenido de azufre en los gasóleos B que se emplean en maquinaria agrícola y forestal. Esta norma también afectaría al gasóleo usado en la navegación (incluyendo pesca, navegación interior y embarcaciones de recreo) y en los vehículos ferroviarios.
En línea con las directrices de la Unión Europea, la nueva normativa fija en el 1 de enero de 2012 la fecha de inicio de la aplicación de las nuevas especificaciones de contenido de azufre para todos los usos de este gasóleo, con excepción del gasóleo B empleado en pesca, que no estará sujeto a estos límites.
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