Desde el pasado 1 de enero debería aplicarse la normativa comunitaria (Reglamento 889/2008) que exige que en una explotación ecológica de animales monogástricos (aves y cerdos) el 100% de la alimentación sea ecológica. La Comisión Europea ha decidido posponer esta exigencia hasta finales de 2014 y seguir permitiendo la actual flexibilidad (que se aplica desde el 1 de enero de 2010) de que un 5% de los piensos pueda proceder de producción convencional.
Otro cambio que se han introducido es en relación con el porcentaje de piensos que tienen que producirse en la misma región que la explotación. Ha entrado en vigor la exigencia para las explotaciones ganaderas ecológicas que un porcentaje de la alimentación que proporcionan a sus animales tenía que producirse en la misma región donde se encuentra la explotación en cooperación con otras explotaciones ecológicas u otros fabricantes de pienso. Inicialmente, este porcentaje era de un 40% para monogástricos y un 70% para herbívoros, si bien la Comisión Europea ha decidido reducirlos a un 20 y un 60%, respectivamente.
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