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Extremadura establece los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales en aplicación de la condicionalidad

21/06/2013

El Diario Oficial de Extremadura publica la orden de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía que regula la aplicación de la condicionalidad y establece, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales.

La condicionalidad obliga a todo agricultor que reciba pagos directos, determinadas ayudas al desarrollo rural así como las ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión del viñedo y los pagos de la prima por arranque al cumplimiento de unos requisitos legales relacionados con la identificación animal, seguridad alimentaria, medio ambiente, bienestar de los animales y a la realización de buenas prácticas agrarias en su explotación.

Estos requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales están establecidos en los anexos I, II y III de la citada orden. Además, los beneficiarios de ayudas agroambientales deberán cumplir los requisitos mínimos de utilización de abonos y productos fitosanitarios establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura, y el agricultor o ganadero titular de superficies dedicadas a pastos permanentes se atendrá a las exigencias previstas en la normativa estatal así como a las que se establezcan por el órgano competente en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La Dirección General de Agricultura y Ganadería, como autoridad competente y organismo especializado de control, realizará los controles, administrativos y sobre el terreno, y las comprobaciones sobre el cumplimiento de los requisitos y las normas de la condicionalidad establecidas y cuando éstos no se respeten, en cualquier momento del año natural 2013, el importe de las ayudas se verá reducido e incluso se podrá llegar a la exclusión.

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