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Sección con el apoyo de

Argentina obliga a que solo un 5% del precio de la leche sea por primas comerciales

03/10/2013

En 2011, los ganaderos argentinos consiguieron que su Ministerio de Agricultura regulara una de sus demandas históricas: la liquidación única, es decir, conseguir que las industrias lácteas pagaran, todas ellas, siguiendo unos parámetros armonizados y que fuera una liquidación mensual, obligatoria y universal.

Recientemente, el Ministerio argentino ha modificado las directrices de la liquidación única con el fin de la calidad de la leche sea el parámetro que más pese en el precio de la leche. La Resolución Nº 344/2013 incrementa el porcentaje de los atributos de calidad (composición e higiene) que debe contener la leche cruda en el precio final de la leche al 95% (anteriormente estaba en un 80%). Por tanto, las bonificaciones comerciales no deben ser más de un 5% del precio (antes era el 20%).

El porcentaje del 95% tiene que referirse al contenido de sólidos (grasa y proteína) y a la calidad higiénico-sanitaria que resulte de los análisis, manteniendo ahora las siguientes proporciones: 65% para grasa y proteína y 35% para calidad higiénico-sanitaria.

Respecto a las bonificaciones (5%), deberán encuadrarse en alguno de los siguientes conceptos:

– Antigüedad de la relación comercial
– Certificado UNION EUROPEA (UE).
– Ayuda Forraje/Confección de ensilado/siembra de pastos
– Ganadería en saneamiento/libres de otras enfermedades.
– Crecimiento, Interanual o con el mes anterior.

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