El Consejo de Ministros aprobó el viernes un Real Decreto que modifica la normativa vigente para la aplicación del programa de apoyo 2014- 2028 al sector vitivinícola español.
La modificación de este Real Decreto responde a la obligación de la normativa comunitaria, dictada en julio de 2013, por la que los Estados miembros deben fijar unas fechas para que aquellos beneficiarios de las ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo, inversiones, promoción o destilación de subproductos, que soliciten anticipos de fondos, comuniquen el estado de gastos de estos anticipos a los organismos pagadores dos veces al año, en función del tipo de ayuda.
Además, incluye la fecha de comunicación de los organismos pagadores al Fondo Español de Garantía Agraria, para que éste, a su vez, la remita a la Comisión Europea. Todas estas ayudas están enmarcadas en el Programa de Apoyo al sector del vino español 2014-2018.
Con esta modificación también se pretende facilitar el cumplimiento de la presentación de la garantía de buena ejecución a la que se obliga a los beneficiarios de la ayuda a las inversiones al ampliar el plazo de quince días a dos meses.
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