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La legislación española sobre denominaciones cárnicas podría perjudicar a las empresas españolas (Fecic)

04/03/2021

El Área Técnica de FECIC ha reunido a los técnicos de 70 empresas en un encuentro digital para tratar temas de actualidad que afectan al sector.

Uno de los temas destacados ha sido el Nutriscore, que el sector considera que debería aplicarse de la misma manera en todos los Estados miembros que han apostado por este sistema de etiquetado y sin excepciones. También se ha analizado la situación actual de los distintos sistemas de etiquetado existentes a nivel comunitario, concluyendo sobre la necesidad de unificarlos, para facilitar el etiquetado por parte de las empresas.

Otro punto tratado ha sido la diferencia entre producto cárnico y preparado de carne, exponiendo el estado actual de los trabajos del proyecto que FECIC está llevando a cabo, junto con otras asociaciones de otros Estados miembros (Italia, Francia Dinamarca, Alemania, Holanda, Austria Bélgica y Polonia), para disponer de un sistema objetivo para la diferenciación entre un producto cárnico y un preparado de carne, mediante un sistema de clasificación de los derivados cárnicos basado en el grado de conservación de las características de la carne fresca por medio de la evaluación de sus espectros VIS/NIR. Se espera que esté ya disponible a finales de este año.

Respecto al tema de nitritos y nitratos en los productos cárnicos, se ha comentado la última propuesta de la Comisión Europea en relación a su uso, analizando el impacto que pueden tener para el sector cárnico unos nuevos niveles de uso de estos aditivos, más restringidos.

Además, se ha informado a los asistentes de la situación actual, tanto a nivel nacional como de la Unión Europea, del uso de las denominaciones cárnicas en productos que no contienen carne, poniendo de manifiesto la preocupación de las empresas, pues la no aprobación de la Unión Europea de la enmienda 165 que limita el uso de las denominaciones cárnicas en productos que no contienen carne deja abierto el panorama legislativo europeo sobre esta cuestión.

Por el contrario, la existencia en España del Real Decreto 474/2014 sobre la norma de calidad de los derivados cárnicos, sí limita la utilización de las denominaciones cárnicas en productos que no contienen carne y acota el uso para las empresas españolas, pero no limita ni regula que el resto de los Estados miembros puedan vender dentro de la Unión Europea sus productos con denominaciones cárnicas en productos que no contienen carne. Esto podría generar un agravio comparativo de las empresas españolas con respecto a las del resto de la UE, con la pérdida de una oportunidad de negocio en beneficio de otras compañías no españolas.  

Finalmente, se han analizado los resultados del Programa de Autocontrol de la Industria Cárnica de España (PACIC) y se ha contado con la participación de la Administración para exponer los resultados del plan de control de etiquetado y trazabilidad en la industria cárnica, mataderos y salas de despiece.  En este punto se ha puesto de manifiesto la importancia de la participación de las empresas en estos programas como herramienta para mejorar la imagen del sector y garantizar el correcto etiquetado y trazabilidad a las empresas. 

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