El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó ayer la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural, por la que se convocan ayudas estatales, por importe de 1.088.600 euros, destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Serán subvencionables todas aquellas actuaciones encaminadas a la mejora en los sistemas de gestión de estiércoles en explotaciones ganaderas, la modernización y transformación integral de invernaderos de hortalizas, flor cortada y planta ornamental, la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y el aprovechamiento energético de subproductos ganaderos y biomasa agrícola, así como el fomento de la aplicación de agricultura y ganadería de precisión y tecnologías 4.0.
Estas ayudas estarán financiadas por la Unión Europea a través del fondo Next Generation y se ejecutarán a lo largo de 2023 y 2024.
Para el programa de apoyo a las inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería, la cuantía total máxima es de 831.083 euros; para el programa de apoyo a la transformación digital y modernización de invernaderos, la cuantía total máxima es de 25.757 euros; para el programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables, la cuantía total máxima es de 57.720 euros, y para el programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero, la cuantía total máxima es de 174.040 euros.
El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC y únicamente podrán presentarse en los registros electrónicos permitidos por la actual normativa.
El plazo máximo para resolver y notificar será de 6 meses contados a partir de la publicación del extracto de esta convocatoria y la notificación de la resolución se realizará de forma individualizada a cada solicitante.
Los beneficiarios deberán ejecutar el 90% de las inversiones de los proyectos en un plazo de doce meses a contar desde la concesión de la ayuda, mientras que dispondrán de seis meses adicionales para ejecutar el 10% restante de la actuación.
Ayudas para la mejora de la bioseguridad
Por otro lado, el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó ayer la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural, por la que se convocan en la región ayudas estales, por importe máximo de 150.000 euros, para la realización de inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estas ayudas estarán financiadas por la Unión Europea a través del fondo Next Generation y se ejecutarán a lo largo de 2023, pudiendo ser ampliada por resolución de la Consejería en el supuesto de que se incrementos las cuantías de los fondos comunitarios asignados a Cantabria.
Para la realización de inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado se destinará una partida de 100.000 euros, mientras que, para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción se destinará una partida de 50.000 euros.
En ambos casos, la intensidad de la subvención será del 70% de la inversión en función del número de solicitudes presentadas y el crédito disponible.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares o propietarios de los centros de limpieza y desinfección para ganado, incluidas las especies cinegéticas autorizadas y registradas en Cantabria que presenten solicitud de ayuda para la mejora del centro o para la construcción de un nuevo centro.
También los operadores profesionales inscritos como productores en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales; productores de material vegetal de reproducción susceptibles de determinadas plagas de cuarentena que son transmitidas por insectos vectores, y productores de material vegetal de reproducción de campos de planta madre de frutales y vid, así como de cítricos; viveros de plantones de frutales y vid; campos de materia de reproducción de especies aromáticas y ornamentales; campos de plantas madre para la producción de material forestal de reproducción; viveros forestales; campos de producción de semillas de especies hortícolas, y campos de material de multiplicación de hortalizas.
El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC y únicamente podrán presentarse en los registros electrónicos permitidos por la actual normativa.
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