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Está aquí: Home / Agricultura / Sanidad vegetal / Autorizadas las quemas agrícolas por razones fitosanitarias en la C. Valenciana

           

Autorizadas las quemas agrícolas por razones fitosanitarias en la C. Valenciana

19/05/2022

Hace unos días, la Consellería de Agricultura de la Comunidad Valencia publicó una nota aclaratoria en la que recogía que todos los municipios con planes y ordenanzas locales de quema, presentados con anterioridad al pasado 10 de abril, fecha de entrada en vigor de la Ley estatal de residuos y suelos contaminados, podrían mantener el uso del fuego para su eliminación de los restos agrícolas durante un período transitorio de 3 años.

Ahora, la Consellería acaba de sacar una Resolución por la que se autorizan las quemas agrícolas individuales para evitar el riesgo de plagas y de incendios forestales, de acuerdo a lo establecido en la Ley estatal de residuos y suelos contaminados. Esta medida también será de aplicación en aquellos municipios sin plan local de quemas.

Informes técnicos han reconocido la efectividad de la quema agrícola controlada «in situ» como medida de protección y contención frente a algunas plagas o enfermedades presentes en el campo de la Comunitat Valenciana. En el anexo de la resolución publicada se recogen los cultivos a los que se les puede aplicar el permiso excepcional, con el límite máximo de un año. Se trata de los residuos agrícolas de frutales de hueso y pepita, caqui, cítricos, hortalizas, olivar, almendro, cereales, chufa y vid, los cuales son los susceptibles de verse afectados por diversos organismos nocivos.

En la solicitud de autorización, la persona titular, propietaria o gerente de la explotación deberá cumplimentar una declaración responsable que especifique el cultivo y el organismo nocivo, o que afirme que el entorno silvícola se encuentra en una zona de difícil acceso que impide su retirada y posterior gestión.

Con todo, la resolución recuerda que el uso del fuego en parcelas situadas a menos de 500 metros de terrenos forestales deberá adecuarse a los condicionantes de seguridad establecidos y a la norma que, con carácter general, prohíbe la quema entre el 1 de junio y el 15 de octubre.

Para consultar la Resolución de la Consellería, pinche aquí


Comentarios de nuestros lectores:

  1. Garzoncillo dice

    19/05/2022 a las 07:27

    Como no se empiece a liberalizar el sector, a atajar la burocracia y a despedir funcionarios y políticos, al final la sociedad tendrá k comer gusanos por necesidad, no pork 4 como garzon lo pregonen por ser bueno para el planeta.

    Responder

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