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Cantabria publica las condiciones para presentar la declaración de pastos y pastizales permanentes de titularidad pública y uso común

06/03/2023

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural, en la que se establecen las condiciones para la presentación de la declaración de pastos y pastizales permanentes de titularidad pública y uso común para el año 2023.

Las entidades locales titulares de este tipo de superficies deberán presentar sus declaraciones entre el 6 de marzo y el 15 de abril de 2023, con el fin de comunicar al Gobierno de Cantabria la adjudicación de los aprovechamientos comunales que han concedido para ese año a efectos de la declaración de superficies a incluir en las solicitudes de ayudas de la Política Agraria Común (PAC).

La declaración se deberá presentar en la aplicación del Sistema de Gestión de Ayudas (SGA) de manera telemática y con firma electrónica.

La resolución establece como pastos y pastizales permanentes las superficies utilizadas para la producción de hierbas y otros forrajes herbáceos naturales o cultivados y que no han sido incluidas en la rotación de cultivos durante cinco años o más, pudiendo incluir otras especies arbustivas y arbóreas que pueden servir de pastos y otras especies, tales como arbustos y árboles que producen alimentos para los animales.

Como actividad agraria en los pastos comunales de titularidad pública sólo será admisible el pastoreo con animales de la propia explotación del solicitante, y no se considerarán admisibles para el pago de las ayudas de la PAC los recintos afectados por incendios forestales, cuya exclusión para el pastoreo haya sido notificada por la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático, así como aquellas otras superficies afectadas por incendios forestales durante el año natural.

Los ganaderos que declaren superficies forrajeras de aprovechamiento en común para las ayudas de la solicitud única, podrán exigir de la entidad local que gestiona la adjudicación un reparto proporcional al número de animales efectivamente desplazados por el que se autoriza el aprovechamiento.
Esta declaración se enmarca dentro del procedimiento de concesión de ayudas financiadas por el FEAGA y el FEADER incluidas en la solicitud única para el año 2023.

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