Desde ayer, 1 de abril, ya está abierto el plazo para solicitar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos del gasóleo agrícola consumido durante el año 2023 (adquisiciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023). Además del impuesto de este año, se pueden solicitar también los de los años 2020, 2021 y 2022. El período de solicitud está abierto todo el año.
Los titulares de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de las facturas acreditativas de cada uno de los suministros de gasóleo B, y conservarlas durante un periodo de 4 años, a partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.
El importe de la devolución asciende a la cantidad de aplicar el tipo de 63,71 euros por 1.000 litros sobre la base del volumen de gasóleo efectivamente empleado en ese periodo, expresado en miles de litros. Es decir, el Estado devuelve 6,371 céntimos de euro por cada litro de gasóleo agrícola consumido.
Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor».
Generan derecho a devolución los consumos de gasóleo realizados en los motores de tractores y maquinaria agrícola, estén autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura (incluida la horticultura), la ganadería y la silvicultura, así como los motores de los aparatos y artefactos empleados en ese destino, como bombas de riego. En todo caso, el solicitante debe ser el titular de los motores agrícolas objeto de la devolución.
La Orden HFP/941/2022, de 3 de octubre, que modifica la Orden EHA/993/2010 establece el procedimiento para efectuar la devolución del impuesto. La misma dispone que para hacer efectivo dicho derecho deberá procederse a la presentación electrónica a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de una solicitud a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo.
Buen sistema este de los subsidios, te roban asnos llenas y después de lo k te roban te van devolviendo miserias… (pac, devolución de hidrocarburos, recargo de equivalencia, ingresos más gastos, y demás saqueos lo llaman)
El precio del gasóleo B ha subido en ese periodo 2020-23 de 0,60 a algo más de 1 euro/ litro, y el tipo de IVA aplicado no ha variado nunca, que es el 21%. Se nos devuelven como compensación un misero 6 cts/litro consumido. Esto significa que de una subida del 100% del costo del gasóleo B se nos compensan un 6%, lo que hace un incremento neto del costo de combustible en dicho periodo del 94%. Si esto forma parte del paquete de medidas aprobadas para acallar la protesta de los agricultores españoles, aviados vamos.
Con franco a los agricultores el gasoil les salía gratis.y igual que puso el salario minimo que no han quitado, puso un precio mínimo garantizado para el trigo que eso sí ya lo quitaron rápidamente. Ya se ve para quien han gobernado los mal llamados demócratas.para los urbanitas,mientras al medio rural lo han abandonado.
Este es el resultado de gobernar a favor de la clase parasitaria y encontra de la productiva