La Dirección General de Tributos de la Agencia Tributaria ha publicado una aclaración sobre los efectos en módulos de la no convalidación del Real Decreto-ley 9/2024, en relación con los efectos para la aplicación del Régimen simplificado y del Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (REAGP) en el ámbito del IVA.
La aclaración establece que, de conformidad con los criterios establecidos por la Dirección General de Tributos, los límites vigentes en los ejercicios 2016 a 2024 para la aplicación del régimen simplificado y del REAGP se mantienen en 2025, es decir, se mantiene el límite de 250.000 € como un umbral máximo de ingresos para poder tributar en el Régimen simplificado y en el REAGP en el ámbito del IVA.
Para UPA, esta aclaración es un balón de oxígeno para la presente campaña, pero recuerdan que, si no se legisla para mantener de una forma permanente el límite de 250.000 € se volverá a los 150.000 € establecidos previamente. UPA califica de “incomprensible” el rechazo del Congreso al RD Ley 9/2024 y pide al Gobierno y al resto de partidos políticos altura de miras.
Para el sector agrario es importante modificar este límite, pues el régimen de módulos agrarios (IRPF) y el REAGP del IVA van unidos. “Los agricultores tienen que estar en los dos sistemas, no se puede estar en uno sí y en otro no”, señalan fuentes de UPA.
Por lo tanto, aunque el límite de ingresos en módulos del sector agrario está fijado en 250.000 € (sin tener en cuenta el IVA) si no se aumenta en paralelo el límite del REAGP a esa misma cifra se imposibilitaría la participación en el sistema de aquellos que superasen los 150.000 € de ingresos. Esta medida es una de las 43 incluidas en el Acuerdo de apoyo al campo firmado por UPA en abril de 2024 con el Ministerio de Agricultura, que exige para su cumplimiento un apoyo parlamentario suficiente.
Los agricultores en módulos Que ingreso maximos tenemos con IVA a partir de 1 enero 2025?