El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, la primera norma estatal destinada a reducir el despilfarro de alimentos en España. El texto, aprobado definitivamente por el Congreso de los Diputados el pasado 20 de marzo, marca un hito normativo en la lucha por un uso más eficiente de los recursos y una cadena alimentaria más justa y sostenible.
El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación ha destacado el valor simbólico y práctico de esta norma, subrayando que desperdiciar alimentos implica también desperdiciar el trabajo de agricultores, ganaderos y pescadores, así como el agua, el suelo y la energía necesarios para producirlos.
Planes de prevención y jerarquía de usos
Uno de los pilares fundamentales de la ley es la obligatoriedad de que todos los operadores de la cadena alimentaria dispongan de un plan de prevención. Estos planes deben permitir a las empresas diagnosticar en qué fases de su actividad se generan pérdidas de alimentos, aplicar medidas correctoras y priorizar usos alternativos antes de que los productos acaben en la basura.
La ley introduce una jerarquía de destinos para los alimentos no consumidos:
- Transformación o donación para consumo humano.
- Alimentación animal o transformación industrial en subproductos.
- Reciclado como compost, biogás o combustibles.
Para fomentar la donación, se exige la firma de acuerdos entre operadores y entidades sociales. Estos deberán formalizarse por escrito y se apoyarán en guías de buenas prácticas elaboradas por las administraciones públicas. Además, los establecimientos de hostelería, salvo los bufés libres, deberán ofrecer envases reciclables para que los clientes puedan llevarse la comida sobrante.
Flexibilidad y calendario de aplicación
La ley contempla exenciones y adaptaciones para microempresas, pequeñas explotaciones agrarias y comercios de menos de 1.300 m², que no estarán obligados a aplicar la jerarquía, firmar acuerdos de donación ni elaborar planes de prevención. Sin embargo, las grandes cadenas con superficies que en conjunto superen los 1.300 m² sí deberán cumplir con estas exigencias.
Las obligaciones incluidas en el artículo 6 —plan de prevención y acuerdos de donación— entrarán en vigor en abril de 2026, un año después de la publicación de la ley en el BOE.
Buenas prácticas, formación y sanciones
El texto no se limita a imponer obligaciones, sino que también promueve buenas prácticas y medidas de sensibilización, como la venta de productos con fecha de consumo preferente próxima o de aspecto imperfecto. Se trata de fomentar el cambio cultural necesario para recuperar el valor de los alimentos, tanto en los hogares como en los negocios.
En cuanto al régimen sancionador, la ley prevé:
- Infracciones leves: multas de hasta 2.000€, por ejemplo, por no aplicar la jerarquía de usos.
- Infracciones graves: hasta 60.000€, como no contar con un plan de prevención.
- Infracciones muy graves: hasta 500.000€, en caso de reincidencia grave en un periodo de dos años.
Con esta nueva ley, el Gobierno busca reducir las 1.183 millones de kilos de alimentos desperdiciados en los hogares españoles en 2023, alineándose con los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU y cumpliendo con un compromiso ético, social y ambiental.
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