Desde el 1 de abril de 2025, las personas que estén cobrando la prestación contributiva por desempleo podrán compaginarla con un trabajo por cuenta ajena, tanto a jornada completa como parcial, gracias al nuevo Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) impulsado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta medida busca facilitar la reincorporación al mercado laboral sin que eso implique perder de inmediato la protección por desempleo.
La posibilidad de compatibilizar el paro con un empleo recuerda a iniciativas anteriores, como la habilitada durante la pandemia de COVID-19 en abril de 2020, cuando se permitió a personas desempleadas e inmigrantes trabajar en el campo sin perder la prestación. Aquella fue una medida excepcional con carácter temporal; en cambio, el CAE se presenta como una herramienta estructural de carácter permanente, recuerdan desde la UAGN.
En sectores como el agrario, donde es habitual la contratación temporal y estacional, el CAE puede tener un impacto positivo al aumentar la disponibilidad de mano de obra. Muchas personas desempleadas que antes rechazaban empleos agrícolas por temor a perder el paro podrían aceptar ahora estos trabajos sin penalización económica, al poder compatibilizar ingresos laborales y prestación. No obstante, queda por ver qué tipo de trabas administrativas puede acarrear la tramitación de esta compatibilidad.
Desde la Unión de Agricultores y Ganaderos de Navarra (UAGN) se recuerda que otras iniciativas anteriores, como la Renta Garantizada (RG), no siempre han cumplido su objetivo de incentivar el empleo, y en algunos casos han actuado como un desincentivo. La organización espera que el nuevo complemento funcione de forma eficaz y facilite realmente el acceso al empleo en campañas donde la falta de personal es crítica.
El importe y la duración del CAE dependen del mes en que se inicie la compatibilidad y del tipo de jornada. El SEPE ha publicado una tabla oficial adjunta, con los importes correspondientes, que se ajustan a las circunstancias de cada beneficiario.
¿Quién puede solicitar el CAE?
Pueden acceder quienes:
- Estén cobrando la prestación contributiva.
- Tengan reconocidos al menos 14 meses de paro.
- Hayan consumido ya 9 meses de prestación.
- No hayan trabajado en la empresa contratante en los últimos 12 meses.
- No tengan parentesco de hasta segundo grado con la persona empleadora.
Se recuerda que el cese del empleo debe comunicarse al SEPE en un plazo máximo de 15 días hábiles. Quienes no deseen compatibilizar el empleo con la prestación, podrán solicitar la suspensión del complemento.
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