La Tesorería General de la Seguridad Social está realizando comunicaciones a las personas trabajadoras por cuenta propia para adaptar la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025), que sustituye a la actual CNAE-2009, a la nueva clasificación de 2025, según recuerda la UAGN.
De haber recibido un mensaje de la Seguridad Social informando de que la equivalencia del código CNAE no ha cambiado, no es necesario realizar ningún trámite; la actualización se hará de forma automática por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Si en cambio se recibe una notificación solicitando la intervención de la persona autónoma, ésta deberá revisa y confirmar el nuevo código asignado a su actividad.
Todas las personas trabajadoras por cuenta propia dadas de alta deberán actualizar su código de actividad (CNAE) conforme a la nueva clasificación antes del 30 de junio de 2025. Esta actualización es obligatoria y necesaria para mantener correctamente registrados los datos de la actividad profesional.
Puedes comprobar tu código actual en tu área personal de la Seguridad Social (Importass).
Atención a las comunicaciones
¿Por qué es importante?
Tener actualizado tu código CNAE garantiza que tu actividad esté correctamente registrada, lo cual puede afectar a:
- Subvenciones o ayudas públicas.
- Cotizaciones.
- Coberturas en caso de incapacidad.
- Trámites administrativos.
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