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El comercio minorista pide excepciones para VeriFactu

08/01/2026

En diciembre pasado se amplió el plazo que tienen los contribuyentes para adaptar sus sistemas informáticos de facturación (SIF) al “Reglamento que establece los requisitos que deben cumplir los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soportan los procesos de facturación de empresarios y profesionales” (sistema VeriFactu), fijando su entrada en vigor al día 1 de enero de 2027 para las empresas que presentan Impuesto de Sociedades y al día 1 de julio de 2027 para el resto.

Desde FEDEPESCA, CEOPPAN Y CEDECARNE, las patronales nacionales del comercio especializado del pescado, el pan y la carne, valoran positivamente la modificación introducida por el Real Decreto 15/2025, pero consideran imprescindible que la implantación de VeriFactu tenga en cuenta las singularidades fiscales y operativas del comercio minorista de alimentación, a fin de evitar que la aplicación homogénea de la norma genere efectos desproporcionados que comprometan la viabilidad de miles de establecimientos en toda España.

Hoy en día los comerciantes autónomos de estos sectores alimentarios se han convertido en vulnerables; son personas que han contribuido al desarrollo económico y social de España, que trabajan de media 47 horas a la semana y que en el caso de los autónomos dedicados al comercio de alimentación incluso más por el abastecimiento nocturno; no pueden permitirse acogerse a bajas laborales salvo casos extremos, han sido sometidos a unas exigencias legislativas y regulatorias incompatibles con la gestión de estas pequeñas empresas que  suponen según ATA, la asociación de trabajadores autónomos, al menos 200 horas, a costa de sus escasas horas para la conciliación con su vida personal y familiar. Estas exigencias, además, socavan la rentabilidad de sus pequeños negocios y comprometen la posibilidad de poder vivir de su trabajo.

El comercio minorista especializado de alimentación desempeña un papel esencial en la economía de proximidad, la cohesión social y la vida de barrios y municipios. Se trata, en su mayoría, de negocios familiares o microempresas que:

  • Realizan fundamentalmente ventas a consumidores finales.
  • Operan bajo regímenes fiscales específicos, especialmente el Régimen Especial del Recargo de Equivalencia del IVA.
  • Presentan una estructura administrativa mínima y una elevada dependencia del trabajo personal del autónomo titular de la actividad.

En este sentido, existen cuatro puntos que han de ser tenidos en cuenta de cara a la implementación en 2027 del VeriFactu:

  1. Venta mediada por báscula: La Agencia Estatal de la Administración Tributaria no ha pensado en los comercios que venden mediando una báscula.  En los comercios de alimentación especializada, la venta se realiza habitualmente mediante básculas homologadas integradas con sistemas de TPV. La adaptación de estos equipos a los requisitos VeriFactu implica: inversiones elevadas en hardware y software, sustitución de equipos plenamente operativos y mayor complejidad técnica que en otros sectores minoristas. Este sobrecoste diferencial debería de ser tratado de forma específica.
  • Las micropymes (menos de 10 trabajadores) no pueden asumir esta carga, contando con una capacidad muy limitada para afrontar inversiones tecnológicas significativas en plazos reducidos, especialmente cuando dichas inversiones no generan un retorno directo.
  • Los mayores de 60 años no están preparados ni disponen de un plazo temporal de amortización de su esfuerzo para implementar este cambio.
  • Régimen fiscal del Recargo de Equivalencia: una parte muy significativa del comercio minorista de alimentación está acogida al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia del IVA. Estas empresas no presentan autoliquidaciones periódicas de IVA, no deducen el impuesto soportado y en el desarrollo ordinario de su actividad minorista, una parte relevante de las operaciones no exige la expedición de facturas. Si bien pueden existir supuestos puntuales en los que, si deban emitir facturas a empresarios o profesionales, la aportación de este colectivo al control del fraude fiscal es limitada, al desplazarse dicho control a los proveedores mayoristas.

La aplicación indiscriminada de la norma puede tener consecuencias negativas y relevantes que comprometen la continuidad de muchos pequeños negocios dado que existen varios obstáculos para la adaptación de microempresas y pymes, tales como la carencia de conocimiento técnico y fiscal especializado, los elevados costes de software y de hardware (TPV y básculas), la escasa oferta de soluciones sencillas y de bajo coste y la falta de soporte y ayudas.

En este sentido, desde FEDEPESCA, CEOPPAN Y CEDECARNE, se proponen las siguientes medidas para afrontar una implantación proporcionada que compatibiliza los fines de la norma con la realidad del sector del comercio artesano y tradicional de alimentación:

  1. Eximir del cumplimiento de VeriFactu a aquellos agentes económicos vulnerables respecto de la implantación de esta norma, es decir:
  1. A las micropymes (empresas persona física con menos de 10 trabajadores).
  2. A los empresarios, persona física, mayores de 60 años.
  3. A las comunidades de bienes con menos de 10 trabajadores y/o cuyos integrantes cumplan el requisito de edad (> 60 años).
  4. A los empresarios persona física del comercio minorista de alimentación acogidos al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia del IVA, que realicen exclusivamente ventas a consumidores finales. Esta exención se fundamenta en criterios fiscales objetivos y en el principio de proporcionalidad, sin menoscabo de los objetivos de control de la Administración.
  1. Tratamiento específico para ventas mediadas por báscula: Para aquellos supuestos en los que no resulte aplicable la exclusión anterior, se propone el establecimiento de régimen técnico específico para ventas mediante báscula o una moratoria ampliada hasta que existan soluciones homologadas plenamente operativas y de coste asumible.
  2. Una entrada en vigor de la norma escalonada para el resto de las empresas, basada en parámetros objetivos tales como: Régimen fiscal aplicable, volumen de facturación anual y la existencia o no de facturación a empresarios o profesionales.
  3. Deducciones fiscales específicas en el IRPF, vinculadas exclusivamente a las inversiones necesarias para la adaptación a VeriFactu.
  4. Subvenciones directas para la adquisición y adaptación de software, TPV y básculas.
  5. Líneas de financiación bonificada accesibles a microempresas y autónomos.

Estas propuestas buscan garantizar que nadie quede atrás y que la aplicación de VeriFactu sea compatible con la supervivencia de todos los sectores que componen el tejido empresarial español, y especialmente de las microempresas de artesanía alimentaria, garantes de un estilo de vida y de una dieta saludable.

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