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Está aquí: Home / Agricultura / Vino / ‘El paisaje cultural del vino y el viñedo de La Rioja’, declarado Bien de Interés Cultural

           

‘El paisaje cultural del vino y el viñedo de La Rioja’, declarado Bien de Interés Cultural

18/06/2015

El Gobierno de La Rioja ha declarado Bien de Interés Cultural ‘El paisaje cultural del vino y el viñedo de La Rioja’, entendido como el territorio que en el pasado, en el presente y en el futuro se encuentre vinculado con la actividad vitivinícola en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Así se recoge en el Decreto publicado hoy en el Boletín Oficial de La Rioja por la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, que señala que la relación de la región con el cultivo y la cultura del vino está profundamente enraizada en su propio devenir histórico, es una de sus señas de identidad más reconocibles y confiere a esta comunidad un singular valor que la ha proyectado a nivel mundial.

La orden también concreta la delimitación y el ámbito de protección de este bien que coincide con los límites geográficos de toda la comunidad autónoma dado que tanto los elementos materiales como los inmateriales propios de esta actividad se pueden encontrar, con mayor densidad o de forma dispersa, por todo el territorio regional.

Por ello, cualquiera de los elementos materiales o inmateriales relacionados con este paisaje cultural del vino, tanto los conocidos como los que de manera fortuita o a través de intervenciones arqueológicas o de otro tipo pudieran descubrirse, quedarán protegidos bajo el amparo de esta declaración.

Así, y de acuerdo con la Ley de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, la relación de obras o intervenciones en dichos elementos irán encaminadas a garantizar su conservación, consolidación, rehabilitación y mejora, y deberán contar con autorización expresa dictada por la Consejería competente en materia de Cultura, previo informe favorable del Consejo Superior de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, sin perjuicio de otras autorizaciones administrativas o informes sectoriales que fueran necesarios por razón de la materia.

Además, el Decreto subraya que la conservación de un bien complejo como es ‘El paisaje cultural del vino y el viñedo de La Rioja’ requiere la colaboración, complicidad y participación del conjunto de la sociedad y, por ello, establece como prioridad para las Administraciones públicas “velar por la divulgación de los valores y elementos que integran este paisaje” porque considera “el conocimiento y el aprecio colectivo definitorio de una identidad común” como la mejor base de su protección.

Respecto a los elementos materiales del bien, el Decreto indica que la actividad humana ha generado a lo largo de la Historia diversas interacciones con el territorio que se reproducen de forma seriada por la geografía regional y que constituyen el objeto central de esta declaración porque representan la expresión cultural de las dinámicas agrícolas centradas en torno a las labores productivas de la vid: lagares rupestres, guardaviñas y chozos, bodegas y barrios de bodegas. Por ello, establece obligaciones concretas respecto a las intervenciones relacionadas con estos elementos.

Además, el Decreto menciona también en la descripción del bien otros elementos que, sin ser constitutivos de paisaje del vino y el viñedo, sí aportan valor cultural al mismo, como son iglesias, monasterios, casas solariegas, castillos, puentes escudos, rollos, cruceros, calzadas, vidrieras, etc. en los que aparecen de forma explícita motivos iconográficos y ornamentales, tanto modernos como de épocas pretéritas, relacionados con la cultura vitivinícola.

En cuanto a la cultura inmaterial, el Decreto incluye como elementos amparados por esta declaración todos los conocimientos y saberes tradicionales relacionados con el cultivo de la vid y la elaboración del vino, los giros dialectales específicos de estas actividades, la toponimia, el romancero, cancionero, refranero y los cuentos, historias y leyendas, así como los elementos etnográficos, como los aperos de labranza, y los oficios vinculados al vino de forma tradicional (herrero, cestero, guarnicionero, tonelero…). Finalmente, incluye también las fiestas populares en las que el vino sea el protagonista principal. La protección del patrimonio inmaterial consistirá fundamentalmente en la correcta documentación, con la edición de publicaciones recopilatorias, y la divulgación de los saberes y técnicas de elaboración tradicional, vocabulario específico, canciones, cuentos, leyendas, manifestaciones religiosas y devociones vinculadas a la cultura del vino y usos sociales tradiciones relacionados con ella. Fuente: La Rioja

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