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El Ministerio propone que se puedan solicitar conversiones a autorizaciones de viñedo hasta el 31 de diciembre de 2020

10/12/2014

El Ministerio de Agricultura está elaborando una propuesta de Real Decreto para la sustitución del actual sistema de derechos por un nuevo método de autorización de plantaciones de viñedo. Este nuevo sistema, acordado en la Reforma de la PAC de 2013, permite continuar con una limitación de la producción y asegurar un crecimiento ordenado de las plantaciones de vid, en sustitución de la liberalización de plantaciones acordada en 2008.

Así el nuevo sistema de autorizaciones entrará en vigor el 1 de enero de 2016, con duración hasta el 31 de diciembre de 2030. A partir de esa fecha sólo se podrá plantar viñedo con autorización y estas autorizaciones, a diferencia de los derechos, no serán transferibles.

Este nuevo sistema presenta novedades, entre otras cuestiones, en el ámbito de la vigencia, ya que las autorizaciones tienen una validez máxima de tres años, y de la transferencia, que no está permitida entre diferentes titulares, independientemente de su pertenencia a una misma Comunidad Autónoma o a diferentes regiones. Además, con la nueva normativa desaparecen las reservas de derechos regionales y tan sólo se permite el reparto de hasta un 1% a nivel nacional.

Las autorizaciones se podrán obtener bajo tres circunstancias: a través de la conversión de derechos de plantación en poder del agricultor a 31 de diciembre de 2015, del arranque de un viñedo y mediante la concesión de un cupo de superficie de viñedo para realizar nuevas plantaciones, que se ofertará anualmente.

El Ministerio ha planteado una propuesta de Real Decreto por el que se regula la conversión de derechos de plantación de viñedo en autorizaciones. Este se tramitará de forma urgente, y con antelación al Real Decreto general que va a regular el sistema de autorizaciones, con el objeto de que el sector conozca cuanto antes, y con suficiente antelación, tanto el procedimiento como los plazos para poder planificarse.

La ventanilla para solicitar las conversiones se abre el 15 de septiembre de 2015 conforme a la normativa comunitaria y, dado que el reglamento permite al Estado Miembro posponer la fecha de finalización de solicitud de conversiones, desde el 31 de diciembre de 2015 al 31 de diciembre de 2020, el Ministerio ha propuesto que sea el 31 de diciembre de 2020. El objetivo es permitir la planificación empresarial para los viticultores con derechos en cartera, y evitar la concentración de plantaciones en los tres primeros años de aplicación del régimen de autorizaciones.

Asimismo, en el borrador de Real Decreto se modifica la normativa sobre tramitación de transferencias y cesiones de derechos, cuya autorización corresponde al Ministerio, ampliándose la fecha límite de presentación de solicitudes para este tipo de transferencias en la última campaña, antes de la desaparición de los derechos.

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