El Departamento de Agricultura,de Cataluña ha publicado en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) la Orden por la que se establece la campaña de pesca de coral rojo ( Corallium rubrum ) para el año 2012 en las aguas interiores del litoral de Cataluña y que tiene por objeto proteger y recuperar los recursos marinos.
El establecimiento de campañas de pesca del coral rojo ha sido uno de los ejes de actuación de la política pesquera catalana ya que actúan directamente sobre la reducción del esfuerzo pesquero y facilitan el crecimiento y la reproducción de las colonias de coral rojo. El objeto es proteger y recuperar los recursos marinos. En esta disposición se establece el mismo periodo de pesca de coral rojo que en los años anteriores.
Así, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas se establece una campaña para la pesca del coral rojo en las aguas interiores del litoral de Cataluña para el año 2012 que inicia el día 1 de mayo y finaliza el 31 de octubre. El resto del año es de veda.
La extracción de coral rojo queda prohibida durante todo el año dentro de las zonas establecidas en la Orden MAH/293/2005, de 16 de junio, por la que se establece medidas de regulación de la extracción de coral rojo en el ámbito marino del parque natural de Cap de Creus y en la Ley 15/2010, de 28 de mayo, de declaración del parque natural del Montgrí, las Illes Medes y el Baix Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas se prohíbe la extracción de coral rojo en la zona del litoral comprendida entre el límite norte del término municipal de L’Escala y el cabo de Begur.
Además, se establece una talla mínima de las ramas de coral rojo de 7 mm de diámetro de la base con una tolerancia máxima de un 5% en peso de ramas de menor tamaño.
Cabe decir que para la pesca del coral rojo es necesario poseer la licencia de pesca o marisqueo sin embarcación o con embarcación auxiliar prevista en la legislación que es otorgada por la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos en un número máximo de 10. El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el 10 de abril de 2012.
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