El Ministerio de Medio Rural (MARM) ha elaborado una nota aclaratoria sobre las condiciones que tienen que cumplir las jaulas enriquecidas de gallinas ponedoras, que serán las únicas que podrán existir en las explotaciones a partir del próximo 1 de enero de 2012.
La superficie utilizable se medirá en el plano horizontal, sin considerar el nidal ni los aseladeros (no se pueden sumar a la superficie sobre la que están, los aseladeros, que es la que se considera utilizable, siempre que los animales puedan poner sus patas bajo éstos).
El número de aves por jaula será siempre el número entero inferior al resultado obtenido al calcular la superficie utilizable, teniendo en cuenta que hay que proporcionar un mínimo de 750 cm2 por ave.
El suelo del nidal no debe ser en ningún caso una red de alambre. No existe una superficie mínima por nido, pero en todo caso deben de respetarse el resto de los elementos definidos en la normativa (características de la superficie utilizable, altura mínima de las jaulas por encima de la superficie utilizable).
El nidal debe ser un lugar adecuado, donde la gallina pueda poner huevos separadamente en la jaula, sin ser molestada por otras gallinas. Si está equipado con separaciones blandas que no alcancen el suelo, podrá considerarse apto si satisface las necesidades de comportamiento de la gallina y los objetivos de la normativa.
La yacija tiene que tener una textura friable (que se desmenuce fácilmente) y permitir las gallinas cubrir sus necesidades etológicas. Si se utiliza pienso como yacija se debe minimizar el riego de contaminación del mismo.
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