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Condenado a seis meses de prisión por cultivar ilegalmente flores de clavel de variedades protegidas

04/11/2011

En fecha 27 de octubre de 2011, el Juzgado de lo Penal nº 1 de Sevilla, ha dictado sentencia por la que se condena a un floricultor de la localidad de Lebrija (Sevilla), a una pena de SEIS MESES DE PRISIÓN, ACCESORIAS, INDEMNIZACIÓN POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS, PAGO DE COSTAS PROCESALES Y MULTA, con arresto sustitutorio en caso de impago, por la comisión de un delito contra la propiedad industrial tipificado en el artículo 274.3 del Código Penal vigente. Tal sentencia es firme por lo que no cabe recurso alguno contra ella.

Dicha sentencia, dictada de conformidad con el acusado, declara probado que tal floricultor, reproducía plantas de clavel perteneciente a la variedad vegetal protegida “WESBADOS” (nombre comercial “BARBADOS”) de forma no autorizada. Tal reproducción tenía lugar mediante el enraizamiento de esquejes de las plantas, con lo que se procedía a su multiplicación y posterior plantación para producir flores destinadas al mercado. Al tratarse de una variedad vegetal protegida, la ley confiere a su titular una serie de derechos exclusivos entre los que están la producción, la reproducción (multiplicación),el acondicionamiento para la reproducción, la venta o comercialización, la exportación o importación, e incluso la mera posesión para cualquiera de esos fines.

En consecuencia, se considera que el responsable ha realizado una serie de actos de reproducción no autorizada de plantas de clavel pertenecientes a una variedad vegetal protegida, sin contar con licencia del titular de tales derechos exclusivos, con pleno conocimiento de su registro y actuando en todo momento con fines lucrativos en su propio beneficio patrimonial, razón por la que procede imponerle la pena mencionada por la comisión de un delito contra los derechos de propiedad industrial sobre variedades vegetales protegidas. Dicho procedimiento judicial se inició a raíz de denuncia presentada ante la Guardia Civil, por la entidad GESTION DE LICENCIAS VEGETALES, A.I.E en representación del titular afectado, quien ejerció también como acusación particular.

La reproducción no autorizada de plantas de variedades vegetales protegidas de clavel constituye un grave problema en las zonas productoras de tal especie de Andalucía. Este fraude masivo tiene graves consecuencias no sólo para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector, pues constituye una de las principales causas de la grave crisis que afecta a la flor cortada en la comunidad autónoma andaluza, cuya reputación ha descendido enormemente en los mercados internacionales.

Tras la modificación del Código Penal, efectuada por la Ley Orgánica 15/2003 de 25 de noviembre, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas es perseguida de oficio por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y puede ser castigada con penas de hasta dos años de prisión.

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