• Agrodigital - La web del campo
  • Contáctanos
  • separador
  • Anúnciate con nosotros
  • ✉︎ NEWSLETTER
  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Remolacha y azúcar
    • Frutas y hortalizas
    • Insumos agrícolas
    • Vino
    • Olivar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • PAC España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Voces del campo
    • Entrevistas
    • Opinión

La Comisión aprueba la adquisición de CEPSA por parte de International Petroleum Investment Company

Insumos agrícolas 6 Jul 2011 0

La Comisión Europea ha autorizado, con arreglo al Reglamento sobre operaciones de concentración, la propuesta de adquisición de una participación de control en la Compañía Española de Petróleos S.A («CEPSA»), empresa española integrada del sector de los hidrocarburos y la energía, por parte de International Petroleum Investment Company («IPIC») de Abu Dhabi. Tras examinar la operación, la Comisión concluyó que la entidad resultante de la fusión debería hacer frente a competidores eficaces y que la operación no tendría efectos sobre los incentivos de las entidades fusionadas para coordinar su conducta.

El examen de la Comisión indicó que la operación propuesta dará lugar a solapamientos horizontales en los mercados del fenol y la acetona. El fenol se utiliza para producir: a) bisfenol A («BPA»), que a su vez se utiliza para producir policarbonato destinado a distintas aplicaciones ópticas, eléctricas, electrónicas y en la construcción; b) resina fenólica, que puede utilizarse, entre otras aplicaciones, como adhesivo para la madera en el sector de la construcción, aglutinante en las fundiciones y para moldes de arena en la industria; c) caprolactama, empleada para hacer fibras de nylon-6, resinas para la ingeniería y películas de materia plástica; y d) productos antimoho, un desinfectante y un anestésico. La acetona se utiliza para la producción de a) policarbonato a partir bisfenol A («BPA») (para producir bisfenol-A, se necesita tanto fenol como acetona); b) metilmetacrilato («MMA»); y c) disolventes.

La investigación de la Comisión puso de manifiesto que las cuotas de mercado combinadas de IPIC y de CEPSA son moderadas y que aún habrá cierto número de competidores efectivos en los mercados del fenol y la acetona.

La Comisión investigó también si la operación incrementaría la posibilidad y el incentivo de los suministradores de acetona y de fenol para coordinar su comportamiento comercial en detrimento de sus consumidores. No obstante, la falta de transparencia, la asimetría entre las cuotas de mercado de varios competidores (que no se vería alterada por la operación) y el fuerte poder de compra compensatorio de los clientes hacen que la posibilidad de llegar a una coordinación no se vea afectada por la operación.

Por consiguiente, la Comisión ha considerado que la transacción propuesta no planteará problemas desde el punto de vista de la competencia.

IPIC es una empresa inversora cuya misión consiste en invertir a escala mundial en energía y en activos relacionados con esta. CEPSA es una empresa integrada de los sectores de los hidrocarburos y la energía, activa en los mercados ascendentes y descendentes de ambos sectores. Su actividad descendente se centra en el refino y comercialización de derivados del petróleo tales como combustibles para motores y productos petroquímicos.

La operación se notificó a la Comisión el 26 de junio de 2011.

Normas y procedimientos de control de las operaciones de concentración

En 1989, se facultó a la Comisión para evaluar las operaciones de concentración y las adquisiciones en las que participaran empresas cuyo volumen de negocios superaba determinados umbrales (véase el artículo 1 del Reglamento de concentraciones). El objetivo de este consiste en impedir las concentraciones que obstaculicen de forma significativa la competencia efectiva en el Espacio Económico Europeo (EEE)1o en una parte sustancial del mismo.

La gran mayoría de las concentraciones no plantean problemas de competencia y se autorizan tras un examen rutinario. A partir del momento en que se notifica una operación, la Comisión dispone en general de 25 días laborables para decidir si la aprueba (fase I) o si inicia una investigación pormenorizada (fase II).

Deja un comentario Cancelar respuesta

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Te puede interesar:

El gasóleo agrícola se dispara un 33% en menos de un mes
Insumos agrícolas28 Jul 2026

El gasóleo agrícola se dispara un 33% en menos de un mes

UPA reclama una ampliación del plazo para la ayuda a los fertilizantes: “Miles de agricultores no han podido aceptarla aún”
Insumos agrícolas27 Jul 2026

UPA reclama una ampliación del plazo para la ayuda a los fertilizantes: “Miles de agricultores no han podido aceptarla aún”

UPA pide ampliar el plazo para aceptar la ayuda a la compra de fertilizantes
Insumos agrícolas24 Jul 2026

UPA pide ampliar el plazo para aceptar la ayuda a la compra de fertilizantes

Agrodigital
Contacto Anúnciate con nosotros

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2026 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario y obtener analítica web.AceptarRechazar