Antes del próximo 16 de julio, los agricultores tendrán que registrar los equipos de tratamientos fitosanitarios y de distribución de fertilizantes arrastrados o suspendidos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), si no estuvieran ya registrados.
Cuando no se disponga del certificado de características, podrá sustituirse por una declaración firmada por el titular de la máquina, en la que se reflejen los datos identificativos de la misma, marca y modelo, número de bastidor y sus principales características técnicas.
El Real Decreto 1013/2009 sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola, que establece las condiciones para caracterizar la maquinaria agrícola, así como para regular los requisitos básicos para la inscripción de esta maquinaria en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de las provincias, introdujo un plazo transitorio de dos años para lleva a cabo este trámite. Dicho plazo concluye el 15 de julio próximo.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.