Por Sentencia de fecha 3 de marzo de 2011, la Audiencia Provincial de Murcia, ha procedido a confirmar la Sentencia del Juzgado de lo mercantil núm. 2 de la misma localidad, por la que la que se le condena a una entidad murciana productora de fruta dulce, a la destrucción (o a su reinjertado a su costa) de una plantación no autorizada de la variedad vegetal protegida de nectarino “CASASIL”, al cese inmediato de cualquier acto de explotación con respecto a material vegetal de tal variedad, incluida la fruta, al pago de una indemnización 10.940 € por los daños y perjuicios causados al titular de los derechos sobre la variedad en cuestión, al pago de las costas procesales, así como a la publicación a su cargo de la sentencia en un diario de ámbito regional.
Dicha sentencia que es firme, por lo que no cabe recurso alguno contra ella, establece que el ámbito de la protección conferida al titular de una protección comunitaria de las obtenciones vegetales, comprende la totalidad de los actos de reproducción y multiplicación de la variedad, incluyendo tanto los realizados tras su efectiva concesión como los realizados en el periodo de tiempo comprendido entre la solicitud de la protección y su concesión.
Dicho procedimiento judicial se inició a raíz de demanda presentada por la entidad GESTION DE LICENCIAS VEGETALES, GESLIVE, A.I.E en representación del titular afectado.
La reproducción no autorizada de plantas de variedades vegetales protegidas de frutal y la producción y comercialización de fruta proveniente de tales ilícitas plantas, constituye un grave problema en las zonas productoras de fruta dulce. Este fraude masivo tiene graves consecuencias no sólo para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector, pues constituye una grave competencia desleal para la totalidad de los productores autorizados.
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