Desde hoy, 1 de marzo, empezarán a aplicarse las nuevas normas de Comitología. Dichas normas ponen en funcionamiento un sistema que quiere ser más sencillo, eficiente y transparente.
El 1 de diciembre del 2009 entró en vigor el Tratado de Lisboa, el cual dejaba claro que son los Estados miembro y no el Consejo, los que pueden controlar el poder de implementación de a Comisión Europea. El Tratado ha modificado los procedimientos para adoptar las normativas comunitarias tanto a nivel de política agraria como de política comercial.
Hasta ahora, las normativas de desarrollo se aprobaban vía Comité de Gestión, procedimiento que se ha sustituido por dos alternativos: actos delegados y actos de implementación o de ejecución. Cada propuesta solo puede ir por uno de estos procedimientos, nunca por los dos. Además, han desaparecido, prácticamente, los procedimientos especiales para ganar en simplificación.
Para asegurar la transparencia del proceso, todos los documentos que se presenten en los Comités, se entregarán simultáneamente al Consejo y al Parlamento, instituciones, que a partir da hora estará situados en el mismo nivel. También gozarán del derecho de escrutinio, con el que, en cualquier momento, podrán indicar si consideran que una propuesta de implementación excede los poderes conferidos a la Comisión. En tal caso, la Comisión revisará la propuesta y explicará a ambas instituciones sus intenciones.
Para impedir la adopción de una propuesta de la Comisión se precisará mayoría cualificada del Comité. En ausencia de esta mayoría, tanto a favor como en contra, la Comisión tendrá el poder de adoptar su propuesta o revisarla. También, la Comisión podrá adoptar normas de implementación antes de consultar al Comité, en el caso de urgencia.
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