Se acaba de publicar en el BOE, la Ley 10/2009 de creación de órganos consultivos del Estado en el ámbito agroalimentario. Esta Ley establece dos criterios para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias: haber tenido el 15% de los votos en procesos electorales en, al menos nueve CCAA, o las que hayan sido consideradas como tal, en diez CCAA. Cada cinco años se procederá a efectuar una nueva evaluación de la representatividad reconocida a las organizaciones profesionales agrarias.
La Ley publicada establece la creación de un el Consejo Agroalimentario del Estado y un Comité Asesor Agrario. El Consejo Agroalimentario del Estado estará constituido, de forma paritaria, por la Administración General del Estado y por las más representativas de las organizaciones profesionales agrarias estatales, asociaciones de cooperativas agrarias y de la industria agroalimentaria, así como de las organizaciones sindicales y de las organizaciones empresariales. Su misión será la de asesorar a la Administración en política agroalimentaria, formular recomendaciones para la mejora de la competitividad y para promocionar las políticas de calidad en el sector agroalimentario español.
El Comité Asesor Agrario estará constituido por las organizaciones profesionales agrarias de carácter general más representativas a nivel estatal. Su misión será formular recomendaciones en relación con el sector agrario.
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