El Ministerio de Medio Rural (MARM) ha preparado un borrador de modificación de las actuales normas de ordenación de las explotaciones cunícolas (RD 1547/2004) en lo relativo a los requisitos de identificación de la especie cunícola. Esta modificación tiene como objeto permitir adoptar, en la identificación de los animales con destino a matadero, los nuevos dispositivos de transporte disponibles, que permiten una identificación inequívoca del origen de los animales sin que sea precisa la identificación individual de las jaulas de transporte, técnicamente más dificultosa.
Según el borrador, la identificación individual de los animales (crotales o tatuaje) solo sería necesaria cuando éstos abandonen la explotación con un destino que sea diferente al sacrificio en matadero. Cuando vayan con destino al matadero, los animales irían en dispositivos de transporte precintados de manera que, para abrirlos, fuera imprescindible la destrucción del precinto. Dicho precinto iría provisto de una marca indeleble y legible que identificaría de manera inequívoca la explotación de origen de los animales.
El código de explotación que se indicaría en los precintos y en los crotales auriculares sería el actualmente establecido por la legislación vigente. En el caso del tatuaje auricular se indicaría el código de la provincia ( 2 dígitos) + el del municipio (3 dígitos) + nº de explotación (hasta 7 dígitos) + ES al inicio para los intercambios intracomunitarios o a la exportación a terceros países.
Dicha modificación aparecería incluida en una disposición adicional única de un borrador de Real Decreto sobre ordenación de explotaciones de porcino extensivo.
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