La Comisión Europea ha considerado necesario publicar una aclaración en relación con el movimiento de los animales porcinos y la enfermedad de Auyeszky, como consecuencia de la experiencia obtenida tras la aplicación de la normativa vigente. Para ello, ha publicado la Decisión 2009/248/CE.
La aclaración establece que en el movimiento de cerdos para cría o para sacrificio entre Estados miembros o sus regiones que estén declarados indemnes de la enfermedad de Aujeszky y en los que está prohibida la vacunación (tienen que estar enumerados en el anexo I de la Decisión 2008/185/CE) no se precisa ninguna garantía suplementaria.
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