Valencia, 16 de febrero de 2009.- La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) denuncia que el Gobierno dificulta la contratación de jubilados en el campo al aumentar en un 43% las cotizaciones por día trabajado, mientras no aplica incrementos tan elevados en las cotizaciones mensuales del resto de trabajadores.
“Esta discriminación en el encarecimiento de las cotizaciones únicamente para jubilados y autónomos perjudica tanto a este colectivo de trabajadores como a los empresarios agrícolas”, según Cristóbal Aguado, el presidente de AVA-ASAJA, quien asegura que “ante la falta de relevo generacional, muchos agricultores encuentran en los jubilados a trabajadores que pueden aportar una gran experiencia en las labores agrarias y que necesitan seguir trabajando en el campo para complementar una pensión que les resulta insuficiente”.
No en vano, la pensión media que recibe un agricultor y ganadero valenciano a través del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (REASS) es de tan sólo 484 euros al mes, un 44% menos de la que les corresponde a los que provie-nen del Régimen General (867 euros).
Entre los cambios adoptados en las modalidades de cotización a partir del 1 de enero de 2009 destaca este incremento en las cotizaciones por contingencias comunes por jornada laboral en la contratación de trabajadores no inscritos en el censo agrario, es decir, autónomos y jubilados contratados por cuenta ajena.
Para este colectivo, hasta 2009 se destinaba a la Seguridad Social el 15,50% de la base de la cotización diaria por jornada realizada. Ahora, los empresarios ven incrementadas las cotizaciones mensuales por los jubilados al 28,30%, porcentaje que de este modo se iguala a la cotización en el Régimen General. Los jubilados pueden trabajar hasta 90 días al año.
Numerosos agricultores se ven obligados a estar dando de alta y baja a diario a los trabajadores jubilados y autónomos para evitar los mayores costes que supone la cotización mensual.
Esta modificación se enmarca dentro de la Ley de los Presupuestos Genera-les del Estado por la cual se varía la cotización del Régimen Agrario por cuenta ajena en dos modalidades: cotización mensual, obligatoria para trabajadores con contrato indefinido, y cotización por Jornadas Reales, opcional para el resto de trabajadores.
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