Desde el 15 de julio de 2008, sólo pueden exportar carne de porcino o de aves de corral a la Federación de Rusia los establecimientos que figuran en la lista que ha sido publicada en la web del Ministerio de Medio Ambiente, en el apartado de Comercio Exterior Ganadero.
Las autoridades sanitarias de España deben garantizar que los establecimientos de dicha lista cumplen con los requisitos sanitarios y veterinarios de Rusia. Dado que la normativa rusa sobre residuos de medicamentos veterinarios es más exigente que la comunitaria en algunos aspectos, los establecimientos autorizados deben aplicarán sistemas de autocontrol para garantizar el cumplimiento de estos requisitos.
Los mataderos deberán hacer llegar la descripción de sus planes de autocontrol a la SG de Acuerdos Sanitarios y Control en Frontera, el MARM, antes del 31 de julio de 2008, para poder conservar su autorización.
El resto de establecimientos (salas de despiece, almacenes frigoríficos), sólo emplearán para la exportación a Rusia carne precedente de los mataderos autorizados.
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