Cáceres, a 11 de junio de 2007. Las perspectivas financieras recogidas en el Reglamento 1698/2005 FEADER sobre la aplicación de medidas de compensación a los empresarios rurales: Art. 36 y 38 del Reglamento, en territorio Red Natura, no se han cumplido por parte del MAPA y las CC.AA.
Estas ayudas iban destinadas a los titulares de explotaciones situadas en estos territorios para cubrir los costes adicionales y la pérdida de ingresos derivados de las dificultades que suponen la aplicación de los Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG) y suponían aplicar una prima por Ha (S.A.U.) entre 250 y 500 Euros dependiendo de la protección.
Ante esta situación la organización profesional agraria GEA-EXTREMADURA a través de su organización nacional y europea ELO (Organización Europea de Empresarios Rurales), ha presentado una queja formal ante la Comisión Europea y juntamente con todas las organizaciones agrarias territoriales del GEA pide que se opongan a cualquier aplicación de normativa de las CC.AA. que recoja prohibiciones y limitaciones en la gestión territorial de su empresa agraria. Si no hay compensación, no puede haber limitaciones de uso y disfrute de ningún tipo.
Habrá que esperar al período 2013-2020, cuando salgan a la luz los nuevos Reglamentos que vuelvan a fijar los criterios de compensación para los empresarios rurales.
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