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Modificación de la sistemática de registro de las industrias cárnicas españolas para la exportación a Japón

26/07/2006

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en colaboración con la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Tokio ha negociado con el Ministerio de Agricultura japonés el que a partir de ahora no sea necesario la autorización de la actividad de almacén frigorífico en los mataderos o salas de despiece que exportan tan solo la carne obtenida en sus instalaciones.

La legislación vigente en España, en concreto, el Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, establece que la autorización de un establecimiento cárnico como almacén frigorífico se realiza cuando su actividad consiste en la compra de carne cruda a mataderos y salas de despiece, para su almacenamiento y distribución.

Lo habitual en el sector cárnico industrial español, es que los almacenes frigoríficos tengan tan solo esta actividad, para la compra, almacenamiento y distribución de carne refrigerada o congelada, mientras que tanto de mataderos como salas de despiece no tienen autorización específica como almacén frigorífico, aunque en la práctica desempeñen esta función.

No obstante, hasta la fecha, cuando una industria cárnica española pretendía exportar carne cruda a Japón necesitaba poseer siempre la autorización de la actividad de Almacén Frigorífico.

Tanto desde el Ministerio de Sanidad y Consumo, como desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se entendió desde un principio que este requisito complicaba los trámites a los exportadores, pues tenían que ampliar sus autorizaciones para actividades que no ejercían, y que la normativa comunitaria no les exigía.

Es por este motivo, que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en colaboración con la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Tokio ha estado negociando con el Ministerio de Agricultura japonés la eliminación de ese requisito, y con fecha reciente, los Servicios Veterinarios de ese país han accedido a nuestra solicitud, y permiten que a partir de ahora no sea necesaria la autorización de esa actividad en los mataderos o salas de despiece que exportan tan solo la carne obtenida en sus instalaciones.

Con este acuerdo alcanzado con el MAFF japonés se conseguirá una mayor dinamización de un intercambio comercial cada vez más fructífero con el país asiático, en el que ya existen casi 200 empresas autorizadas para exportar tanto carne cruda, como la enorme variedad de productos cárnicos que se elaboran en nuestro país a partir tanto de cerdo blanco como de cerdo ibérico.

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