Mariann Fischer Boel, Comisaria de Agricultura y Desarrollo Rural, ha dicho: «La producción de bebidas espirituosas es importante tanto para los consumidores como para los productores de la UE. Las normas se crean para proteger e informar a los consumidores y prevenir prácticas fraudulentas al mismo tiempo que se mejora la transparencia del mercado y la competencia leal».
El objetivo de la propuesta es proteger el prestigio que han alcanzado las bebidas espirituosas europeas en el mercado comunitario y mundial al seguir conservando las prácticas tradicionales utilizadas en la producción de estas bebidas. Las innovaciones tecnológicas se incorporan siempre que mejoran la calidad.
La propuesta tiene en cuenta las disposiciones del Acuerdo sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio («Acuerdo ADPIC») y las del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, que constituye una parte fundamental del Acuerdo constituyente de la Organización Mundial del Comercio.
Las bebidas espirituosas se clasifican en tres categorías según criterios bien definidos de producción y etiquetado: aguardientes, bebidas espirituosas especiales y otras bebidas espirituosas.
Las definiciones siguen respetando la tradición de calidad, pero se actualizan en el caso de que tengan deficiencias o no sean lo suficientemente precisas y también cuando sea posible mejorarlas por el progreso tecnológico.
Características principales del nuevo reglamento sobre bebidas espirituosas:
– mejora la aplicabilidad, legibilidad y claridad del Reglamento basado en la legislación actual sobre bebidas espirituosas;
– adapta los reglamentos a los requisitos de la OMC, incluidos los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC);
– define los criterios que rigen el reconocimiento de las nuevas indicaciones geográficas;
– introduce una política para las bebidas espirituosas bien definida y basada en tres categorías de productos ancladas en las definiciones existentes de productos;
– introduce flexibilidad al otorgar competencias para modificar los anexos a la Comisión con el apoyo del Comité de gestión de las bebidas espirituosas;
– adapta los reglamentos a los nuevos requisitos técnicos;
– combina los dos reglamentos sobre bebidas espirituosas en vigor en uno.
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