La Comisión Europea, siguiendo las directrices comunitarias de ir estableciendo progresivamente límites máximos de residuos (LMR) para todas las sustancias farmacológicas que se usan en animales de producción, acaba de establecer LMR para el fluazurón en bovinos (Reglamento 1518/2005). Se ha incluido en el anexo III del reglamento 2377/90, por tratarse de una sustancia con LMR provisional a la espera de que concluyan los estudios científicos relativos a los bovinos.
El fluazurón es un antiparasitario, activo frente a ectoparásitos, derivado de la acilurea.
Para el establecimiento de los LMR, el Comité de medicamentos veterinarios ha examinado toda la información sobre la inocuidad de los residuos de dichas sustancias para el consumidor y ha dado un dictamen favorable.
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