• Agrodigital - La web del campo
  • Contáctanos
  • separador
  • Anúnciate con nosotros
  • ✉︎ NEWSLETTER
  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Remolacha y azúcar
    • Frutas y hortalizas
    • Insumos agrícolas
    • Vino
    • Olivar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • PAC España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Voces del campo
    • Entrevistas
    • Opinión

MAPA: Se determinan las condiciones para la suscripción del seguro de destrucción de animales no bovinos muertos en las explotaciones

Seguros agrarios 8 Jul 2005 0

7 de junio de 2005. Mediante una Orden Ministerial que se publicará próximamente en el Boletín Oficial del Estado, se determinará el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de explotación, precios y fechas de suscripción del Seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales, no bovinos, muertos en explotación en la Comunidad Autónoma de Andalucía, dentro del Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados.

Este seguro se aplicará, por tanto, a las explotaciones ganaderas, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dedicadas a la producción de las especies ovina, caprina, porcina, equina, aviar y cunícola.

Además de las capacidades de alojamiento de las explotaciones según la clase de ganado o el censo de los animales, que el ganadero deberá especificar en el momento de suscribir el seguro, se establecen también requisitos sobre las condiciones técnicas de explotación y manejo, entre las que figura el obligado cumplimiento de las medidas establecidas en la Guía de buenas prácticas sobre bioseguridad en la recogida de cadáveres de las explotaciones ganaderas, emitida por la Subdirección General de Sanidad Animal del MAPA.

La Orden Ministerial recogerá igualmente el valor base a aplicar a los animales, a efecto del cálculo del capital asegurado, en función del sistema de manejo y clase de ganado.

El periodo de suscripción del seguro para esta campaña finalizará el 31 de diciembre de 2005, iniciándose el periodo de garantía con la toma de efecto del mismo, y finalizando a las 24 horas del día en que se cumpla un año desde la entrada en vigor del seguro.

Deja un comentario Cancelar respuesta

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Te puede interesar:

¿Conejos o falta de nascencia? Denuncian a Agroseguro ante la Fiscalía por reducir indemnizaciones
Seguros agrarios10 Jun 2026

¿Conejos o falta de nascencia? Denuncian a Agroseguro ante la Fiscalía por reducir indemnizaciones

Castilla y León eleva al 25 % la ayuda al seguro agrario para jóvenes
Seguros agrarios1 Jun 2026

Castilla y León eleva al 25 % la ayuda al seguro agrario para jóvenes

Agroseguro amplía las coberturas de los seguros ganaderos para el plan 2026
Seguros agrarios21 May 2026

Agroseguro amplía las coberturas de los seguros ganaderos para el plan 2026

Agrodigital
Contacto Anúnciate con nosotros

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2026 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario y obtener analítica web.AceptarRechazar