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Está aquí: Home / Política agraria / PAC / Propuesta de aplicación de la Reforma de la PAC en España

           

Propuesta de aplicación de la Reforma de la PAC en España

22/10/2004

Pagina nueva 1

Según un documento de trabajo titulado "El Modelo de Desarrollo y
Aplicación de la PAC en España", cuyo origen es el Ministerio de Agricultura, la
propuesta de aplicación de la Reforma de la Reforma de la PAC podría ser la
siguiente:

 

Cultivos Herbáceos.

 

–        
Mantener, al menos en una primera etapa de aplicación, el 25% de los
pagos acoplados, incluyendo la ayuda del trigo duro.

–        
Flexibilizar las limitaciones a la producción, revisando los índices de
barbecho, con vistas a su desaparición

–        
Posibilidad de flexibilizar la retirada voluntaria para evitar perjuicios
a zonas con bajos rendimientos  limitaciones.

 

Ovino y caprino

 

–        
Mantener acoplado el 50% de los pagos

 

Vacuno

 

–        
Mantener acoplado el 100% de la prima al sacrificio de terneros y el 100%
de la prima a la vaca nodriza

–        
Mantener acoplado el 40% de la prima al sacrificio de animales adultos.

 

Lúpulo

 

–        
Mantener acoplado el 25% de las ayudas

 

Aceite de oliva

 

–        
Establecer una ayuda desacoplada del orden del 90%

–        
Establecer la ayuda acoplada por hectárea en función de 5 categorías de
olivar en base a criterios que reflejen la importancia del olivar en las
diferentes zonas y las dificultades que plantea el cultivo (pendiente media,
relación entre la superficie de olivar y la superficie agrícola total,
características de las explotaciones etc.)

–        
Mantener los programas de mejora de la calidad

 

Tabaco

 

–        
Mantener acoplado el 60% de las ayudas durante el período transitorio.

 

Algodón

 

–        
Impulsar la formación de una interprofesional que permita la modulación
de la ayuda en función de la calidad.

–        
Flexibilizar las condiciones actuales sobre tierras admisibles para el
cultivo.

 

Leche

 

–        
Incorporación de la prima láctea al Régimen de Pago Único en 2006

 

Aplicación del artículo 69

 

Se propone aplicar este artículo (retener hasta un 10% de
los pagos desacoplados para fomento de determinadas producciones o actividades
que tengan relación con el fomento de la calidad o el respeto al medio ambiente)
en un nivel en torno al 5%, que tendría como objetivo prioritario atender a las
explotaciones más vulnerables y a las situadas en zonas desfavorecidas.

 

Reserva de derechos

 

–        
Reducción lineal de los importes en la cuantía necesaria para atender las
situaciones especiales.

–        
Adoptar el criterio de otorgar importes de referencia de la Reserva
Nacional a nuevos agricultores.

–        
Posibilidad de hacer una gestión regional de la Reserva Nacional para
asignar derechos a agricultores en zonas sujetas a programas de reestructuración
o de desarrollo relativos a algún tipo de intervención pública.

 

Movilidad de los derechos de ayuda

 

–        
Posibilidad de limitar el uso y cesión de los derechos de ayuda al ámbito
de la Comunidad Autónoma donde se generaron.

 

Establecimiento de peajes en la transferencia de
derechos

 

–        
Venta de derechos de ayuda sin tierras, 50% de retención en los tres
primeros años y 30% en adelante.

–        
Venta de derechos con tierras, 5% de retención.

–        
Ventas de derechos con toda la explotación, 0% de retención.

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